¿Qué pasa si se te caduca el permiso de armas?

Renovación del permiso de armas de Bsis

Aproximadamente cada 5 años. La fecha real está (o estará) impresa en su tarjeta. La mayoría de las licencias caducan en el día de su cumpleaños y no en el aniversario de su expedición. Esto es bueno porque hace que sea mucho más fácil de recordar. Siempre hay que solicitar la renovación mucho antes de que caduque la licencia. Por lo general, las licencias se pueden renovar por Internet.

No lo espere. Marque en su calendario varios meses antes de que expire su licencia para renovarla. Algunas personas le dirán que el RCMP CFP no envía nuestros avisos de renovación, otras le dirán que sí.

Si han pasado más de 6 meses tendrás que enviar por correo un formulario «RCMP 5614 / CAFC 979» en papel. Puedes obtener la última versión del formulario aquí. Sin embargo, yo recomendaría llamar al RCMP CFP al +1 (800) 731-4000 (de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00) antes de intentarlo en caso de que no seas elegible, o que se te exija tomar la clase de seguridad.

Tasa de renovación del permiso de armas del Bsis

Debe presentar su solicitud de renovación en línea antes de la fecha de vencimiento de la licencia. Esto es necesario para que su autoridad para poseer o usar armas de fuego bajo su licencia actual continúe, mientras se procesa su renovación.

El Registro de Armas de Fuego le enviará una carta cuando su licencia esté a 90 días de expirar. Le enviarán una segunda carta cuando falten 30 días para que caduque su licencia. Si no la ha renovado en los 7 días siguientes a su fecha de caducidad, le enviarán un SMS recordatorio o se pondrán en contacto con usted por teléfono.

Si su licencia de armas caduca en los próximos 5 días laborables, y quiere añadir o eliminar una categoría, se recomienda que se ponga en contacto con el Registro de Armas de Fuego en el 1300 362 562 antes de solicitar cualquier cambio.

Renovación de arma de fuego Bsis en línea

Un Permiso de Porte Oculto será válido por (5) cinco años a partir de la fecha de emisión y será renovado para los solicitantes calificados al recibir la solicitud de renovación debidamente completada y la cuota de renovación requerida.

Cualquier persona a la que se le haya expedido un permiso de porte oculto antes del 28 de agosto de 2013, que no renueve su solicitud dentro de un período de 6 meses, deberá volver a solicitar un nuevo permiso oculto y pagar la cuota de una nueva solicitud.

Los titulares de CCW deben notificar al Sheriff actual de un cambio de nombre dentro de los 30 días, y hay una cuota de $ 10.00 asociada a la obtención de un permiso de porte oculto corregido. A partir del 10 de octubre de 2014 no hay ningún requisito para notificar a nuestro departamento de un cambio de dirección dentro del mismo condado y no hay ninguna cuota cobrada por un cambio de dirección dentro del mismo condado.

Si su permiso se pierde o es robado, debe notificar al sheriff con en 7 días después del conocimiento real de la pérdida o el robo del permiso (endoso). Hay una tarifa de procesamiento de $10.00 para reemplazar un permiso perdido o robado, y el sheriff volverá a emitir un nuevo permiso de porte oculto dentro de los (3) días de la notificación.

Tasa de renovación de armas de fuego Bsis 2020

La Ley 4 de la Primera Sesión Extraordinaria de la Legislatura de 1996 enmendó y volvió a promulgar R.S. 40:1379.3 que establece la emisión de permisos de armas ocultas en todo el estado por parte del Subsecretario del Departamento de Seguridad Pública y Correcciones (DPS). El permiso concede a un ciudadano, en todo el estado, la autoridad para llevar un arma de fuego oculta en su persona. Una pistola se define como «un tipo de arma de fuego comúnmente conocida como pistola o revólver originalmente diseñada para ser disparada por el uso de una sola mano y que está diseñada para disparar o es capaz de disparar munición de cartucho fijo». No incluye «las escopetas o rifles que hayan sido alterados por tener sus culatas o cañones cortados o acortados».

La aprobación de la Ley 414 de la Sesión Legislativa Regular de 2018 (Efectiva el 1 de agosto de 2018) enmendó y volvió a promulgar R.S. 40:1379.3(U)(2) y (5), en relación con las armas de mano ocultas; para proporcionar en relación con las armas de mano ocultas que portan las personas autorizadas en las casas de culto; para proporcionar cierto entrenamiento táctico; para proporcionar los requisitos para que ciertas organizaciones religiosas permitan que las armas de mano ocultas se lleven en los lugares de culto de conformidad con los permisos válidos de armas de mano; y para proporcionar asuntos relacionados.

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