¿Cómo optar a una vivienda VPO?

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He sido propietario de un apartamento en España durante los últimos 7 años, y pagué el precio total del mercado en el momento de la compra a un vendedor español.    Tenía una hipoteca con el Banco BBVA que pagué hace 3 años. Recientemente he solicitado la Escitura al banco ya que he considerado vender el apartamento y comprar una pequeña Villa,

¿Es cierto que lo que está escrito en la Escitura es la ley en España, (como las escrituras son la ley en Inglaterra) o el documento del Registro de la Propiedad anula lo que está escrito en la Escitura. Tengo copias de ambos documentos que puedo enviar por fax si me sirve de ayuda. Estoy confundido en cuanto a cómo debo proceder para encontrar la verdad con respecto a este asunto. Cualquier consejo que pueda darme será muy apreciado.

La VPO es esencialmente una vivienda asequible del gobierno. Supongo que el paralelismo más cercano que se puede hacer con el Reino Unido es el de Housing Association. Una orden de VPO sobre una propiedad tiene una vida útil preestablecida – 20 a 25 años.  Según tengo entendido, una propiedad con VPO sólo puede ser vendida o comprada entre residentes españoles de un determinado nivel de ingresos (aunque históricamente algunos se han colado en la red). Como tal, se vende a un precio reducido y también tendrá un valor bancario reducido durante la vida de la VPO porque no se puede vender en el mercado abierto. Por ejemplo, tuve un cliente que decidió comprar una propiedad de VPO en Fuengirola hace aproximadamente 2 años. La VPO había caducado, pero nadie se había molestado en inscribirla como tal, tanto en el gobierno regional como en el Registro de la Propiedad – este proceso ha durado casi 20 meses. El vendedor, de hecho, no debería haber podido comprar la propiedad en primer lugar cuando se compró hace 10 años (ya que no eran residentes), pero claramente algo sucedió en el notario en ese momento que nadie es consciente de ahora estamos en 2007. El comprador estaba pagando 190.000€ por el apartamento pero la tasación oficial del valor dado era de 66.000€. El vendedor tuvo que pagar una «multa» (gastos de administración) para que se le liberara de la VPO aunque ésta había caducado.  El vendedor de 2005/7 había pagado en efectivo cuando compró la propiedad en 1995 y no había utilizado un abogado, así que sólo Dios sabe lo que se hizo.

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ResumenEl modelo convencional de vivienda social en España es una peculiaridad dentro de la política de vivienda europea, ya que está ocupada casi en su totalidad por el propietario. Las viviendas subvencionadas en régimen de propiedad mantienen el estatus de vivienda social durante un número determinado de años, durante los cuales no pueden venderse a precios de mercado. Después de ese periodo, su estatus cambia, y la vivienda en cuestión pasa a formar parte del mercado de la vivienda libre. Sin embargo, la reciente evolución de la política de vivienda española sugiere que este modelo podría cambiar en el futuro. En algunas regiones españolas, la vivienda protegida en propiedad se considera ahora como una categoría de tenencia separada y permanente y no como un acuerdo de subvención temporal. Este documento analiza los antecedentes y las posibles implicaciones de esta nueva perspectiva política.

España no es el único país europeo que ha conocido un gran aumento de los precios de la vivienda. Una tendencia similar se observa en países como el Reino Unido y los Países Bajos. Sin embargo, en estos países los aumentos de precios se debieron principalmente a la limitada capacidad de respuesta de la oferta. Debido a factores institucionales, como una estricta ordenación del territorio y un complicado marco normativo, la producción de nuevas viviendas pudo seguir el ritmo de la creciente demanda de viviendas (véase Boelhouwer 2005).En España, la situación ha sido diferente. Desde 1950, el parque de viviendas español se ha triplicado mientras que el número de hogares sólo se ha duplicado. Desde 2001, se construyeron más de 500.000 viviendas al año (véase la Fig. 2), mientras que el número medio de hogares aumentó en unas 300.000 al año (Rodríguez et al. 2008).Fig. 2Número de viviendas terminadas protegidas y no protegidas en España, 1991-2007 (* 1.000 viviendas). Fuente: Ministerio de Vivienda de España (www.mviv.es)Imagen a tamaño completo

Visita vpo

Recientemente, informamos de una noticia y la enlazamos a través de nuestras RRSS. La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha incoado 13 expedientes sancionadores a propietarios de viviendas protegidas por su uso turístico.

Las Viviendas de Protección Oficial se califican como tales cuando la Comunidad Autónoma, en la que se encuentran, verifica que cumplen una serie de características como el tamaño de la unidad familiar, el umbral de ingresos y un precio máximo.

La dificultad para adquirir una vivienda VPO es que hay que cumplir una serie de requisitos, ya que este tipo de viviendas están destinadas a la residencia habitual y permanente, sin posibilidad de venderlas libremente.

Si quieres vender tu vivienda VPO, deben haber transcurrido 10 años desde su compra. No obstante, el artículo 26 del reglamento de Viviendas Protegidas contempla excepciones, es decir, por motivos laborales, por el aumento de los miembros de la unidad familiar, etc.

En cualquier caso, una vivienda oficialmente protegida queda automáticamente documentada en el Inventario de Viviendas Protegidas de Andalucía. La Consejería de Fomento y Vivienda verifica los datos recogidos. Se pueden abrir expedientes sancionadores que oscilan entre los 3.000 y los 30.000 euros.

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Las viviendas de protección oficial (VPO) son una forma de vivienda social asequible en Baleares, cuyos precios están controlados por el gobierno. La propiedad de este tipo de viviendas viene con condiciones. Durante un periodo determinado, normalmente treinta años, sólo pueden venderse a los precios que determine el gobierno. Existen normas sobre su uso, incluido el alquiler.

Las inspecciones realizadas por representantes del Ministerio de Vivienda descubrieron que 24 personas no vivían permanentemente en la propiedad, permitían que demasiada gente se quedara en ella o intentaban venderla por un precio superior al asignado por el gobierno.

Hasta ahora no ha habido multas porque las VPO se utilizan como alquileres vacacionales. El Ministerio de Turismo no tiene ninguna responsabilidad sobre estas propiedades. Ésta corresponde al Ministerio de Vivienda, y es éste el que ha estado realizando inspecciones.

La normativa de las VPO va a cambiar en el sentido de que se eliminará la posibilidad de venderlas a precio de mercado al final del periodo establecido. El Gobierno ha perdido el control de unas 5.000 viviendas en los últimos años por este motivo. Las nuevas VPO sólo podrán ser revendidas por el Gobierno a los precios que éste fije.

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